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La firma de un contrato

Escrituras
y Actas

​En una escritura se consignan negocios jurídicos como compraventas, emancipaciones de menores, divisiones de comunidades hereditarias, poderes, testamentos, etc. Mediante un acta se consignan hechos específicos a requerimiento de una parte interesada para que puedan tener efectos contra tercero o puedan tener acceso al Registro de la Propiedad. 

Un ejemplo de un acta es cuando no consta en el Registro la existencia de una edificación en un solar inscrito y se solicita de la persona notario que levante un acta de edificación. En este documento la persona notario comparece a la edificación, la inspecciona y la describe en el acta para que luego de terminada las formalidades, se pueda presentar en el Registro de la Propiedad y conste la existencia de la estructura. Esto puede ser necesario en el caso que el dueño quiera realizar una hipoteca y el banco exija la descripción de la estructura para tener la mejor garantía posible.

Un poder es una escritura en donde una persona capacitada confiere autoridad a otra capacitada para que lleve a cabo actos o negocios en su representación. Un poder puede ser general, para llevar a cabo o administrar todo tipo de actividad del poderdante o puede ser especial, para llevar a cabo un acto específico. El poder general puede ser a término fijo o indefinido. El poder especial termina una vez el apoderado lleva a cabo el acto delegado, a menos que sea uno de naturaleza recurrente, como es el caso de cobrar una renta.


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